Avanza regulación y ordenamiento de microfinancieras Managua. Radio La Primerísima

Avanza regulación y ordenamiento de microfinancieras Managua. Radio La Primerísima

El sector de las microfinancieras vive un proceso de ordenamiento y regulación, que tiene entre otros objetivos, competir en el mercado en iguales condiciones.

Presidenta de la Comisión Nacional de Microfinanzas (CONAMI), Jim Madriz López, dijo que esto es parte del proceso que ha venido haciendo el gobierno en el ordenamiento del sistema financiero.

Señaló que la CONAMI es un ente autónomo del Estado que comenzó en 2012. En el año 2011 se promulgó la ley, antes no había una regulación en la industria de las microfinanzas.

Señaló que la Ley 769 que se promulgó en 2011 y entró en vigencia en 2012, se llama fomento y regulación, pensando en que estas instituciones de microfinanzas, además de regularlas, fomentarlas.

Madriz enfatizó que una ley única en el mundo y ahí se crea la Comisión Nacional de Microfinanzas. Además, explicó que, para esa época de la entrada en vigencia de la ley, se estableció el ordenamiento con las organizaciones jurídicas con fines de lucro y otras sin fines de lucro, por lo que se empezó a emitir normas de conductas y normas prudenciales a las instituciones de microfinanzas.

Comentó que en ese entonces había dos parámetros, el capital social con el equivalente de 200 mil dólares y que la cartera de microcréditos representara el 50% del total de los activos.

Las que cumplían esas dos calidades, debían de registrarse de manera obligatoria y si era obligatorio, cumplían el 100% de las normas de la CONAMI. Las que no cumplían con los dos parámetros, era de carácter voluntario que se invitaba a registrarse, explicó.

Agregó que con la Ley 842, de protección a los usuarios, se obliga a la CONAMI a revisar todos los contratos de crédito que emiten las microfinanzas y esa instancia debe autorizarlos.

Madriz afirmó que la regulación ha sido muy buena con las instituciones, ellas han visto -aunque algunas se quejaban al inicio- cuál es el beneficio de estar regulado, donde transparentan los costos.

Señaló que en 2022 se aplicó la Ley del Cambio de Régimen Jurídico. Eso provocó que las organizaciones sin fines de lucro que operaban como microfinanzas, tuvieran la oportunidad de hacer una sociedad mercantil, para que continuaran operando y se les determine como tal.

Esto significa que es para aplicarse a aquellas ONG’s que eran en realidad microfinanzas o lucrativas.

Expresó que, en la actualidad, con las reformas (Ley 1168 – 7 de noviembre) también se establece que todas las instituciones que existen en el país y que hacen microfinanzas, tienen que registrarse ante la CONAMI. Desaparece la voluntariedad. De esta forma, se les da plazo a estas instituciones para que hagan el registro, en un período de seis meses.

Asimismo, manifestó que en la parte de fomento con la Ley de Microfinanzas, se busca que apoyen a distintos sectores de bajo ingreso, que no tienen acceso de crédito a la banca. Otro factor es el impulso para el acceso de crédito a las mujeres.

Madriz informó que, de las 62 instituciones registradas a septiembre 2023, tienen 361 mil clientes atendidos (sin incluir las 45 instituciones que están en lista de registro). Explicó el alcance que tiene la CONAMI para ayudar a que los clientes no se vean perjudicados por un mal actuar de alguna institución.

Si usted tiene un reclamo a determinada institución de microfinanzas puede acudir a la CONAMI y de ahí derivará una resolución. De esa forma, el usuario de microcréditos se puede beneficiar, dijo.

Otro punto importante de esta Ley de Microfinanzas, es que estas instituciones deben especificar claramente los intereses.

“La transparencia de los costos, es decir, si a usted le prestan determinada cantidad, usted tiene que decir cuánto va a cobrar de interés corriente, cuánto de interés moratorio, que es la cuarta parte de interés corriente, es la única penalidad que se le va a hacer al cliente por haber caído en mora, explicó.

También aclaró que ese monto es sobre el capital que ha caído en mora, y no sobre el monto total de la deuda adquirida. En otras palabras, es un 25% de la cantidad del interés que ha caído en mora, nosotros velamos por la protección de los usuarios, que no haya cláusulas abusivas, enfatizó.

Para poner un ejemplo más claro, si usted debe 10 mil córdobas y su cuota es de 500 córdobas, con un interés del 30%; el interés moratorio no es sobre los 10 mil córdobas. La penalidad de mora es del 25% de ese 30% de interés.

Otro punto es que también se vela para que el cliente esté claro de su calendario de pago y el monto de interés, para que cuando uno firme el debido contrato, sepa que no debe pagar más por alguna arbitrariedad de la institución de microfinanzas.

En otras palabras, no debe aumentar el valor de la cuota, si no estaba incluido dentro de los datos del contrato del microcrédito.

También expresó que esta Ley de Microfinanzas es sumamente importante para fortalecer a estas propias instituciones, porque sirve de guía para mejorar sus propias proyecciones.