CIJ continuará proceso para revisar conducta de Alemania en la guerra contra Palestina Managua. Consejo de Comunicación y Ciudadanía.

CIJ continuará proceso para revisar conducta de Alemania en la guerra contra Palestina Managua. Consejo de Comunicación y Ciudadanía.

El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional informa al pueblo de Nicaragua y a la comunidad internacional que el día de hoy (martes 30 de abril) la Corte Internacional de Justicia se pronunció sobre la solicitud de medidas provisionales solicitadas por Nicaragua contra la República Federal de Alemania por violaciones a la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, a los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales, los principios intransgredibles del derecho internacional humanitario y otras normas imperativas del derecho internacional general en relación con el Territorio Palestino Ocupado, en particular la Franja de Gaza.

En su solicitud al alto tribunal, Nicaragua hizo fundamentalmente dos peticiones: la primera que Alemania suspendiera su apoyo militar a Israel y la segunda que renovara su apoyo financiero a la Agencia de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (UNRWA por sus siglas en inglés).

La Corte decidió que, según las circunstancias, al día de hoy no era necesario hacer uso de medidas provisionales, en razón de que Alemania explicó que había disminuido significativamente el monto del material a exportarse a Israel de 200 millones en octubre 2023 a un millón en marzo 2024, y que no se habían aprobado más licencias de armas. Además, Alemania declaró también que había aportado nuevos fondos para UNRWA, los cuales al día de hoy han sido completamente renovados.

En ese sentido, Nicaragua ve con satisfacción el resultado de su campaña por el cumplimiento de las obligaciones internacionales de Alemania según estas convenciones y de la órdenes de la Corte en el caso incoado por Sudáfrica contra Israel, en el que ya se había señalado el riesgo de genocidio en Gaza.

En ese sentido, después de reafirmar su preocupación por la catastrófica situación en Gaza, la Corte fundamentalmente recordó que es una obligación de todos los estados parte que tienen conocimiento o que normalmente deberían tener conocimiento del serio riesgo de la comisión de un genocidio a emplear todos los medios razonables a su disposición para prevenir el genocidio, incluyendo a Alemania. De manera similar, la Corte señaló que, bajo cualquier circunstancia, sea parte de un conflicto armado o no, se debe respetar la obligación de asegurar que se cumpla con el derecho humanitario internacional.

Por otro lado, en su decisión la Corte también enfatiza que considera particularmente importante recordar a todos los Estados sus obligaciones internacionales relacionadas a la transferencia de armas a las partes de un conflicto armado, para evitar el riesgo que dichas armas sean utilizadas para violar las convenciones mencionadas. Y en ese sentido la Corte recalcó que estas obligaciones incumben a Alemania como estado parte de las Convenciones en lo que respecta a su provisión de armas a Israel.

Finalmente, la Corte rechazó la solicitud de Alemania de descartar el caso por falta de jurisdicción, por lo cual se continuará con el proceso que implica hacer una revisión de la conducta de Alemania previo a que redujera su apoyo material a Israel, entre otros puntos.

El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional desea expresar su reconocimiento a la decisión de la Corte de recordar a todos los estados sus obligaciones internacionales con respeto a la transferencia de armas a Israel, incluyendo a Alemania. Lo anterior reafirma que ningún Estado puede darse por no enterado de sus obligaciones con respecto al riesgo de genocidio en Gaza y otras violaciones de derecho internacional.

El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional reafirma su firme compromiso con el Estado de Derecho a nivel internacional y la solución pacífica de controversias entre Estados.

Managua, 30 de Abril de 2024

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
República de Nicaragua

Nota de Prensa de la Corte Internacional de Justicia

La Corte Internacional de Justicia ha emitido hoy su orden sobre la solicitud de indicación de medidas provisionales presentada por Nicaragua en el caso relativo a las presuntas violaciones de ciertas obligaciones internacionales con respecto al territorio palestino ocupado (Nicaragua c. Alemania).

Nicaragua solicitó a la Corte que indicara medidas provisionales, a la espera de la resolución de la Corte sobre el fondo del caso, con respecto a la “participación de Alemania en el genocidio plausible en curso y las graves violaciones del derecho internacional humanitario y otras normas imperativas del derecho internacional general que se producen en la Franja de Gaza”.

En su auto, el Tribunal:

“Por quince votos contra uno,

Declara que las circunstancias, tal como se presentan ahora a la Corte, no son tales que requieran el ejercicio de su facultad, en virtud del artículo 41 del Estatuto, de indicar medidas provisionales.

A FAVOR: Presidente Salam; Vicepresidente Sebutinde; Jueces Tomka, Abraham, Yusuf, Xue, Bhandari, Iwasawa, Nolte, Charlesworth, Brant, Gómez Robledo, Cleveland, Aurescu, Tladi;

EN CONTRA: Juez ad hoc Al-Khasawneh”.

El Tribunal recuerda también su Auto de 26 de enero de 2024 y su Auto de 28 de marzo de 2024, dictados en el asunto relativo a la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica contra Israel), en los que afirmaba que sigue profundamente preocupado por la situación en Gaza.

El Tribunal considera además que es «particularmente importante recordar a todos los Estados sus obligaciones internacionales relativas a la transferencia de armas a las partes en un conflicto armado, a fin de evitar el riesgo de que dichas armas puedan utilizarse para violar la Convención [sobre el Genocidio y los Convenios de Ginebra de 1949] [sobre Derecho Internacional Humanitario]», y que «todas estas obligaciones incumben a Alemania como Estado parte en dichos Convenios en su suministro de armas a Israel».

El Tribunal de Justicia reafirma asimismo que la resolución dictada en el presente procedimiento no prejuzga en modo alguno la cuestión de la competencia del Tribunal de Justicia para conocer del fondo del asunto ni las cuestiones relativas a la admisibilidad de la demanda o al fondo mismo. Deja intacto el derecho de los Gobiernos de Nicaragua y Alemania a presentar alegaciones respecto a dichas cuestiones.

Por último, el Tribunal de Justicia declara que, al no existir una incompetencia manifiesta, no puede acceder a la solicitud de Alemania de retirar el asunto del orden del día del Tribunal de Justicia.

El Vicepresidente SEBUTINDE adjunta una opinión separada al Auto del Tribunal; el Juez IWASAWA adjunta una opinión separada al Auto del Tribunal; los Jueces CLEVELAND y TLADI adjuntan declaraciones al Auto del Tribunal; el Juez ad hoc AL-KHASAWNEH adjunta una opinión disidente al Auto del Tribunal.