Asamblea aprueba Ley Especial de Ciberdelitos Managua. Radio La Primerísma

Asamblea aprueba Ley Especial de Ciberdelitos Managua. Radio La Primerísma

Los diputados de la Asamblea Nacional aprobaron con 70 votos a favfor4, la iniciativa de la Ley Especial de Ciberdelitos que protege los derechos y libertades de las y los nicaragüenses, establecidos constitucionalmente.

De acuerdo con fuentes parlamentarias, esta Ley tiene como objetivo establecer un marco jurídico para la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos cometidos por medio de las tecnologías de la información y comunicación en perjuicio de personas naturales y jurídicas, así como la protección integral de los sistemas que utilicen dichas tecnologías, contenidos y cualquiera de sus componentes.

De la misma manera, se prevé fortalecer y regular la protección de los sistemas de comunicación del estado, a aquellos destinados a la prestación de servicios públicos, al sistema bancario y financieros, instituciones públicas, privadas o mixtas que prestan un servicio público, así como también a los periodistas y comunicadores sociales que se convierten en los principales garantes de la libertad, fluidez y abundancia de las ideas y pensamientos.

La ley será aplicada a quienes cometan los delitos previstos en ella, dentro o fuera del territorio nacional, como el fraude informático, violación a la seguridad de datos, hurto por medios informáticos, transferencia de información pública reservada, sancionará a quienes sin autorización accedan, intercepten o hagan uso de sistemas informáticos, se apropien de programas o datos, interceptar, capte o grabe imágenes, conversaciones o vídeos que no están destinados al público, interfiera o dañe sistemas informáticos del Estado en los campos de la salud, educación, comunicación, energía, agua, seguridad social, puertos, aeropuertos, finanzas y defensa nacional.

Asimismo, castigará a las personas que accedan ilícitamente a sistemas informáticos o los destruyan, dañen, modifiquen o alteren o los copien, a quienes reproduzcan, vendan, se apropien de contraseñas o códigos para acceder ilícitamente a sistemas informáticos, a quienes manipulen plataformas tecnológicas y tarjetas inteligentes, hagan pagos indebidos o se apropien de bienes o servicios por medios digitales.